Karl ludwig von Haller (1768-1854) realiza
un análisis de la Constitución de Cádiz desde el punto de
vista filosófico-jurídico. su reflexión cuestiona, junto con el
texto gaditano, todo el conjunto del constitucionalismo. se
sostiene, de una parte, la fragilidad de sus premisas, de carácter
esencialmente convencional; y, de otra, el desenlace
objetivamente totalizador que hace de la legislación –a partir
de la constitucional– la expresión de un poder autoinmanente
y autorreferencial que, por tanto, excluye todo límite a su
ejercicio.